Dada la actual situación de crisis económica los impagos afectan cada vez más a todo el tejido económico y social, siendo una práctica cada vez más habitual.
Es aconsejable antes de iniciar el procedimiento de reclamación de cantidad, realizar un requerimiento al deudor, a fin de lograr una solución amistosa, que en caso de acordarse, se documentará oportunamente y se realizará un seguimiento del mismo para verificar su cumplimiento, en especial si se han pactado pagos aplazados.
Si en la fase extrajudicial no se ha podido cobrar la deuda y el informe de investigación sobre la solvencia del deudor es favorable y, viable la reclamación jurídica en Molina & Abogados iniciaremos el proceso de reclamación jurídica acorde con la situación de solvencia del deudor desde el:
Procedimiento Monitorio. Se tramitan demandas en que y tras las últimas reformas procesales no hay límite en la cantidad a reclamar.
Procedimiento Verbal. Se tramitan demandas en que la cantidad reclamada no supere los 6.000 euros.
Procedimiento Ordinario. Se tramitan demandas en que la cantidad reclamada sea superior a 6.000 euros y el de responsabilidad del administrador.
Procedimiento Cambiario. Procedimiento especial en el que se pretende el cobro de una Letra de cambio, un pagaré o un cheque.
Si deseas ampliar información no dudes en ponerte en contacto con nosotros y le trasladaremos información complementaria.Confíenos su caso, podemos ayudarle.
Llámenos al 959 280 216 o envíenos un email a info@molinaabogados.es. Le llamaremos de inmediato para aclarar todas sus dudas y le ofreceremos un presupuesto con pago fraccionado, si lo desea, ajustado y cerrado, por todo el procedimiento.