Cobro de deudas

cobro de deudasDada la actual situación de crisis económica los impagos  afectan cada vez más a todo el tejido económico y social, siendo una práctica cada vez más habitual.

Es aconsejable antes de iniciar el procedimiento de reclamación de cantidad, realizar un requerimiento al deudor, a fin de lograr una solución amistosa, que en caso de acordarse, se documentará oportunamente y  se realizará un seguimiento del mismo para verificar su cumplimiento, en especial si se han pactado pagos aplazados.

Si  en la fase extrajudicial  no se ha podido cobrar la deuda  y el informe de investigación sobre la solvencia del deudor es favorable y, viable la reclamación jurídica  en Molina & Abogados iniciaremos  el  proceso de reclamación jurídica  acorde con la situación  de solvencia del deudor  desde el:

Procedimiento Monitorio. Se tramitan demandas en que y tras las últimas reformas procesales no hay límite en la  cantidad a reclamar.

Procedimiento Verbal. Se tramitan demandas en que la cantidad reclamada no supere los 6.000 euros.

Procedimiento Ordinario. Se tramitan demandas en que la cantidad reclamada sea superior a 6.000 euros y el de responsabilidad del administrador.

Procedimiento Cambiario. Procedimiento especial en el que se pretende el cobro de una Letra de cambio, un pagaré o un cheque.

Si deseas ampliar información no dudes en ponerte en contacto con nosotros y le trasladaremos información complementaria.Confíenos su caso, podemos ayudarle.

 

Llámenos al 959 280 216 o envíenos un email a info@molinaabogados.es. Le llamaremos de inmediato para aclarar todas sus dudas y le ofreceremos un presupuesto con pago fraccionado, si lo desea, ajustado y cerrado, por todo el procedimiento.